Sanciones que alcanzan los 4 mil pesos y arresto hasta por 36 horas, conmutable por trabajo comunitario en barrido de calles y camellones, entraron en vigor desde septiembre del 2001 en Guadalajara para inhibir los daños causados a edificios públicos y privados por el graffiti.
De acuerdo con el Reglamento de Policía y Buen Gobierno, se conmutarán tres horas de arresto por cada hora de trabajo comunitario realizado de lunes a viernes en un horario de las 8:00 a las 14:00 horas, que consiste también en reparación de centros comunitarios, mantenimiento de monumentos y de inmuebles públicos y privados.
“Se considerarán faltas a las libertades, al orden y paz públicos (…) causar daño o afectación material o visual a bienes inmuebles de propiedad particular empleando cualquier medio, que altere su presentación u ornamento”, se lee en el artículo 13, fracción vigésimo tercera del Reglamento de Policía y Buen Gobierno de Guadalajara, reforma publicada el 14 de septiembre del 2001 en la Gaceta Municipal.
El Congreso de Jalisco autorizó el 10 de abril del 2002 que todas las personas que presten, cambien, vendan o compren pinturas en aerosol, enervantes y otro tipo de sustancias serán multadas por el Ayuntamiento de Guadalajara con sanciones que van de los 714 a los mil 600 pesos.
Lo que hicieron los diputados fue incorporar y especificar algunos términos dentro de la legislación, ya que hasta entonces sólo se permitía la sanción por la venta de estos productos.